Personero Estudiantil
Es el representante de los estudiantes del Plantel. Elegido por todos los estudiantes entre aquellos que cumplen los requisitos exigidos para el cargo. «Es la persona encargada de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes de la República, los Reglamentos del Colegio y el Manual de Convivencia.
Requisitos para Aspirar a Ser Personero(a) Estudiantil
Visto bueno del Coordinador de Convivencia acerca de su buen comportamiento social en el colegio.
- Pertenecer al grado 11º.
- Haber cursado por lo menos dos años de estudio en el Colegio.
- Alcanzar un desempeño superior en los criterios de evaluación establecidos por la institución.
Funciones del Personero(a) Estudiantil
Promover el cumplimiento de los deberes de los estudiantes con los medios existentes en el Colegio para hacerlo: Emisora Estudiantil, reuniones del consejo de Estudiantes, actos cívicos y jornadas culturales.
- Asistir a las reuniones mensuales y las de carácter extraordinario del Consejo Estudiantil.
- Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los estudiantes relacionadas con el respeto de sus derechos, y de los que formule cualquier miembro de la Comunidad Educativa sobre el incumplimiento de las obligaciones por parte de los estudiantes.
- Cuando lo considere conveniente presentar propuestas y apelaciones ante la Rectora relacionados con los deberes y derechos de los estudiantes.
- Promover campañas generales tendientes al bienestar comunitario. Presentar a la Directora del Colegio informe de su participación en eventos.